Cómo dar de alta la luz en España: guía para extranjeros
Acabas de alquilar un piso en España y la luz está a nombre de otro. Cómo poner el contrato a tu nombre, qué documentos te piden, qué potencia contratar, mercado regulado o libre y qué pasa si el suministro está de baja.

Lo primero: casi nunca hay que "dar de alta" nada
Cuando alguien dice "dar de alta la luz" suele referirse a una de estas tres situaciones, y cada una es un trámite distinto:
- El piso ya tiene luz y el contrato está a nombre del casero o del inquilino anterior. Es el caso más habitual en un alquiler. Lo que necesitas es un cambio de titular: es gratuito, no hace falta que venga ningún técnico y no se corta el suministro.
- La luz está dada de baja. Hay que pedir una nueva alta. Tiene costes y pueden pedirte el boletín eléctrico, el certificado de la instalación (más abajo).
- Una vivienda nueva que nunca ha tenido suministro. Es una primera alta, con el certificado de la instalación.
Esta guía se centra en el primer caso, y al final explica los otros dos.
Quién es quién: comercializadora y distribuidora
En tu factura aparecen dos empresas, y conviene distinguirlas:
- La comercializadora es la empresa con la que firmas el contrato y la que te cobra. Puedes elegirla y cambiarla.
- La distribuidora es la dueña de la red y del contador de tu zona. No la eliges: depende de dónde está la vivienda. Es la que corta, conecta y cambia la potencia, aunque todos esos trámites los pides a través de tu comercializadora.
Cada punto de suministro tiene un código único, el CUPS (código universal del punto de suministro). Empieza por ES y viene en cualquier factura. Con él, la comercializadora identifica tu vivienda sin errores.
Mercado regulado o mercado libre
El mercado regulado (PVPC). El precio voluntario para el pequeño consumidor lo fija la normativa y cambia cada hora según el mercado mayorista. Solo lo ofrecen las comercializadoras de referencia, cuya lista publica la CNMC, y solo para hogares y microempresas con una potencia de hasta 10 kW. Es la única tarifa con la que se puede pedir el bono social, un descuento para hogares vulnerables (más abajo).
El mercado libre. Cada compañía fija sus precios: tarifas de precio fijo, con discriminación horaria o indexadas al mercado. Con una tarifa de precio fijo, la factura es más previsible, pero conviene leer las condiciones: algunas ofertas incluyen permanencia o servicios añadidos que encarecen el recibo.
Ninguno es siempre más barato. Para comparar las ofertas reales de tu código postal y tu consumo, usa el comparador oficial de la CNMC, que incluye todas las comercializadoras y no cobra comisión de ninguna.
El bono social
Es un descuento en la factura para consumidores vulnerables. Hasta el 31 de diciembre de 2026 es del 42,5 % para los consumidores vulnerables y del 57,5 % para los vulnerables severos. Para pedirlo hay que tener contratado el PVPC con una comercializadora de referencia, en la vivienda habitual y con una potencia de hasta 10 kW, y cumplir los límites de renta. Se solicita a la propia comercializadora de referencia.
El cambio de titular, paso a paso
La CNMC lo resume así: el contrato tiene que estar a nombre de quien consume la energía, porque si hay un impago el titular responde de la deuda. Si la luz sigue a nombre del casero, dependes de él y no puedes cambiar de tarifa ni de compañía.
- Pide al casero la última factura. De ella sacas el CUPS, la potencia contratada y el nombre del titular actual.
- Elige comercializadora. Puedes quedarte en la misma (subrogación: cambia el titular y se mantiene la tarifa) o cambiar de compañía a la vez (traspaso: cambian el titular y la tarifa).
- Solicítalo tú y firma el contrato. El cambio lo pide siempre el nuevo titular, por teléfono, en la web o en una oficina de la compañía, y en los dos casos firma un contrato nuevo.
- Espera a que se haga efectivo. Tarda entre 1 y 20 días hábiles, porque la compañía espera al cierre del periodo de facturación. Mientras tanto la luz no se corta.
El antiguo titular recibe una última factura por el consumo hasta la fecha del cambio, y tú pagas desde esa fecha.
Qué documentos te piden
Para el cambio de titular:
- tu nombre, apellidos, número de identidad y teléfono: los extranjeros dan su NIE, y algunas compañías aceptan el pasaporte
- nombre, apellidos y número de identidad del titular anterior
- el CUPS o la dirección completa
- una copia del contrato de alquiler o de la escritura, cuando la pidan
- una cuenta bancaria para domiciliar los recibos
No necesitas una cuenta española. Dentro de la zona SEPA, una empresa que cobra por domiciliación no puede rechazar una cuenta por estar abierta en otro país de la zona (artículo 9 del Reglamento UE 260/2012). Si te la rechazan, puedes reclamar.
Si eres ciudadano de la UE y todavía no tienes número, lo recibes con el certificado de registro.
Qué potencia contratar
La potencia contratada es cuánta electricidad puedes usar a la vez. Si te quedas corto, salta el interruptor al encender varios aparatos; si te pasas, pagas más cada mes, porque la potencia es la parte fija de la factura. Los valores más habituales en viviendas son 3,45 kW, 4,6 kW y 5,75 kW: los pisos pequeños sin aire acondicionado suelen tener bastante con el primero.
Puedes cambiarla a través de tu comercializadora, en principio una vez cada doce meses. Bajarla cuesta unos 9 € en derechos de enganche. Subirla cuesta esos 9 € más unos 19,70 € por cada kW de más en derechos de acceso, y en algunos casos derechos de extensión. Si el boletín de la instalación tiene más de 20 años, la distribuidora puede pedir que lo renueves.
Cómo se calcula la factura
La factura tiene dos partes principales:
- un término fijo, que depende de la potencia contratada y pagas aunque no consumas
- un término variable, que depende de los kWh que gastes
A eso se suman el impuesto sobre la electricidad, el alquiler del contador y el IVA. El aire acondicionado y la calefacción eléctrica son lo que más dispara el consumo.
Si la luz está dada de baja o la vivienda es nueva
Si el suministro está dado de baja, el contador puede haberse retirado y hay que hacer una nueva alta y pagar sus gastos: por eso la CNMC aconseja no dar de baja la luz de una vivienda que va a quedar vacía poco tiempo, sino bajar la potencia. La distribuidora puede pedirte el certificado de instalación eléctrica (CIE, el "boletín"), que firma un instalador autorizado tras revisar la instalación.
Una vivienda nueva necesita ese certificado para la primera alta. Los requisitos concretos dependen de la comunidad autónoma y de la distribuidora: pregúntaselos a la comercializadora antes de contratar.
Errores frecuentes
- Dejar el contrato a nombre del casero. Si deja de pagar o da de baja el suministro, te quedas sin luz.
- Pedir una baja y un alta en lugar de un cambio de titular. La baja corta la luz y la nueva alta cuesta dinero.
- Contratar más potencia de la que usas. Es un coste fijo que pagas todos los meses.
- Firmar sin leer las condiciones. Fíjate en la permanencia, en cuánto dura el precio de la oferta y en los servicios añadidos.
- Aceptar un contrato por teléfono sin pedirlo. Si alguien te llama ofreciendo "revisar tu factura", no des tu CUPS ni tus datos bancarios.
El orden de los trámites al llegar
- Consigue tu NIE.
- Empadrónate: inscríbete en el padrón de tu ayuntamiento, el registro de vecinos.
- Pon la luz a tu nombre.
- Contrata internet.
Si todavía esperas una cita previa para el NIE o la TIE, puedes crear una alerta y recibirás una notificación por email o Telegram en cuanto nuestras comprobaciones encuentren citas disponibles. La reserva la haces tú en el portal oficial, gratis: Cita Ping no reserva por ti ni puede garantizarte una cita.
Fuentes oficiales
- CNMC: cómo cambiar las condiciones del contrato (cambio de titular, potencia, baja)
- CNMC: comparador de ofertas de energía
- Ministerio para la Transición Ecológica: requisitos del bono social eléctrico
- Boletín Oficial del Estado: Real Decreto 216/2014, precio voluntario para el pequeño consumidor
- EUR-Lex: Reglamento (UE) 260/2012, artículo 9 (accesibilidad de los pagos)
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