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Carta de invitación en España: requisitos, tasas y la cita en comisaría

4 min de lectura

Si vas a alojar en tu casa a un familiar o amigo extranjero, la carta de invitación se tramita en tu comisaría, y la hace quien invita, no quien viene. Quién puede invitar, qué lleva la solicitud, las dos tasas, los pasos hasta recogerla y qué hacer si en tu provincia no aparecen citas.

En una mesa de comisaría, una persona entrega un pasaporte y papeles grapados mientras quien atiende sella una hoja.

Qué es y para qué sirve

La carta de invitación es el documento oficial con el que una persona que vive en España se compromete a alojar a un extranjero que viene de visita, por turismo o por motivos privados, y a costear ese alojamiento mientras dure la estancia. El invitado puede presentarla en el consulado al pedir el visado, si su país lo necesita, y se la pueden exigir en la frontera.

Dos cosas que conviene tener claras desde el principio:

  • El trámite lo hace quien invita, no el invitado, y se hace en España, en la comisaría del lugar donde vive el anfitrión.
  • Solo acredita el alojamiento. La norma lo dice así: la carta "únicamente justifica el requisito relativo al hospedaje". El invitado tiene que cumplir por su cuenta el resto de los requisitos de entrada.

Quién puede invitar

Según la orden que la regula, puede pedirla:

  • un ciudadano español;
  • un ciudadano de la Unión Europea o un beneficiario del régimen comunitario;
  • un extranjero con residencia legal en España.

Qué lleva la solicitud

La solicitud se presenta en el modelo oficial, que facilita la Policía, y tiene que incluir:

  • Tus datos: nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio y número de tu documento. El DNI si eres español; el pasaporte, la TIE o tu número NIE si no lo eres.
  • Dónde vas a alojar al invitado: en tu domicilio o en una segunda vivienda. Tienes que acreditar que dispones de ella, con la escritura, el contrato de alquiler u otro título.
  • Tu relación con el invitado.
  • Los datos del invitado: nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio y número de pasaporte.
  • Las fechas: el primer y el último día previstos de la estancia, de forma aproximada.

Una misma carta puede incluir a varias personas, pero la norma lo prevé como excepción y exige acreditar que hay sitio para todas. Algunas comisarías piden además el empadronamiento o fotocopias: compruébalo en la tuya antes de ir.

Al firmar declaras que los datos son ciertos. La propia solicitud recuerda que facilitar la inmigración irregular puede ser delito o infracción muy grave.

Las tasas

Se pagan con el modelo 790, código 012, y son dos:

  • 75,05 € por la solicitud ("Autorización de expedición de carta de invitación").
  • 6,54 € por la expedición de la carta, que se paga cuando ya está concedida.

Si necesitas copias compulsadas de documentos, cada una cuesta 1,09 €.

Los pasos, hasta tener la carta en la mano

  1. Pides cita en tu comisaría para el trámite de carta de invitación.
  2. Presentas la solicitud con la documentación y la primera tasa.
  3. La Policía la tramita. Si lo considera necesario, te cita a una entrevista para comprobar tu identidad y la documentación. Si no acudes en el plazo que te dan, que no puede pasar de quince días, la solicitud se da por desistida.
  4. Te notifican la resolución. Si es favorable, tienes un mes para pagar la tasa de expedición.
  5. Recoges la carta con el justificante de ese pago y se la envías a tu invitado, que es quien la presenta en el consulado o en la frontera.

La propia Policía avisa de que el plazo "no es inmediato". Si tu invitado necesita la carta para pedir su visado, empieza mucho antes de comprar billetes: una carta que llega después de la cita del consulado no sirve de nada.

Si en tu provincia no aparecen citas

El manual es el mismo que para cualquier cita previa: reparte los intentos, mira el patrón real de citas de tu provincia y sigue el paso a paso para cuando el portal dice que no.

También puedes crear una alerta para la carta de invitación en tu provincia y recibirás una notificación por email o Telegram en cuanto nuestras comprobaciones encuentren citas disponibles. La reserva la haces tú en el portal oficial, gratis: Cita Ping no reserva por ti ni puede garantizarte una cita.

Fuentes oficiales

  1. Boletín Oficial del Estado: Orden PRE/1283/2007, términos y requisitos de la carta de invitación
  2. Sede de la Policía Nacional: autorización de expedición de carta de invitación
  3. Sede de la Policía Nacional: tasas de los trámites de extranjería
  4. Portal de cita previa de extranjería y Policía Nacional

Las citas aparecen sin avisar

Seguimos comprobando a todas horas y te avisamos por Telegram o correo tan pronto detectamos una para tu trámite.